La realización de una Inspección Técnica del Edificio (ITE) es una obligación legal impuesta a los propietarios de los edificios que viene regulado en la Ley 7/2002 de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA).

Inspección Técnica del Edificio Granada

Todas las edificaciones con una antigüedad superior a 50 años desde su construcción o rehabilitación tienen la obligación de realizar la Inspección Técnica de Edificios (ITE) que asegure su buen estado y debida conservación.

Ventajas de la Inspección Técnica de Edificios ITE.

Durante la Inspección Técnica del Edificio, se evalúa  la adecuación de los inmuebles a las condiciones de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato para que los propietarios y usuarios de las viviendas mantengan las edificaciones en adecuadas condiciones.

La inspección periódica alarga la vida de su edificio manteniéndolo en óptimas condiciones y fomentando la prevención. La ITE no debe entenderse como un incremento del gasto, ya que prevenir es siempre más barato que reparar.

 

Informe técnico

Es un documento elaborado por un técnico especializado, en donde se exponen y describen cuestiones, situaciones y circunstancias observadas en el reconocimiento de una obra, edificio o documento.

Es decir, es una exposición por escrito de las circunstancias observadas en el reconocimiento, análisis técnico, económica,…, según cada situación en particular.

Una de las características principales del Informe Técnico es que constituye un documento descriptivo, en donde el técnico expone las circunstancias y los hechos, es decir, todas las reflexiones y consideraciones  se refieren a lo observado, sin emitir una opinión técnica sobre el motivo en cuestión

Resumen de trabajos:

– Patologías en edificios.

– Responsabilidad por defectos constructivos.

– Incumplimiento de proyectos y contratos.

– Medidas correctoras y Valoración de daños.

– Análisis de materiales.

– Ruinas.

– Humedades, grietas.

PIDA PRESUPUESTO SIN COMPROMISO: