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¿Qué es la cédula de habitabilidad?

Todo lo que debes saber sobre la cédula de habitabilidad

¿Qué es la cédula de habitabilidad?

La cédula de habitabilidad es el documento administrativo que ratifica que una vivienda reúne las condiciones básicas para ser habitada, sin perjuicio de que en la misma se realicen otras actividades debidamente autorizadas.

Si te preguntas cuáles son las condiciones básicas que tiene que cumplir tu vivienda, esto dependerá de la comunidad autónoma en la que se encuentre y del año de construcción. Pero los datos concretos que se miden son la superficie útil mínima de la vivienda y de las diferentes estancias, la altura libre, los huecos y las dotaciones mínimas.

El tipo de profesional que realiza el informe es un arquitecto técnico o superior. Pero es diferente a quién lo emite, ya que será un técnico del ayuntamiento el que acepte o no esta información y firme la cédula.

En la mayoría de ayuntamientos, la persona que puede pedir una cédula o un duplicado es el propietario de la vivienda o un representante autorizado.

¿Cómo es el documento? El modelo varía según la comunidad autónoma en la que te encuentres, pero siempre deberá incluir los siguientes datos: dirección y ubicación de la vivienda, superficie útil de la vivienda, habitaciones y espacios que conforman la vivienda, umbral máximo de ocupación e identificación del técnico habilitado que ha llevado a cabo la certificación.

¿Para qué sirve la cédula de habitabilidad?

El cometido de la cédula de habitabilidad es asegurar la habitabilidad de la vivienda apoyándose en la salubridad, higiene y solidez de la misma. Además, disponer de la cédula de habitabilidad en regla nos permitirá dar de alta los servicios de luz, gas y agua. También es requisito indispensable para poder vender o alquilar la vivienda.

Tipos de cédulas de habitabilidad

Existen tres tipos de cédulas en función de la antigüedad del inmueble:

  1. Cédula de primera ocupación: corresponden a las viviendas de nueva construcción, es decir, es la cédula de habitabilidad en vivienda nueva.
  2. Cédula de segunda ocupación: se refiere a las viviendas que ya existen. Corresponde a la renovación de la cédula de primera ocupación y, por consiguiente, se trata de la cédula de habitabilidad en vivienda antigua.
  3. Cédula de primera ocupación de rehabilitación: para aquellas viviendas en las que se ha realizado una rehabilitación de la misma.

¿Qué contiene el documento de la cédula de habitabilidad?

Tanto la cédula de habitabilidad como la calificación definitiva deben disponer de los siguientes datos:

  1. Dirección y ubicación de la vivienda.
  2. Superficie útil de la vivienda.
  3. Habitaciones y espacios que conforman la vivienda.
  4. Umbral máximo de ocupación.
  5. Identificación del técnico habilitado que ha llevado a cabo el certificado.

Así, toda cédula debe incluir esta información, si bien el modelo de cédula de habitabilidad puede variar de una comunidad autónoma a otra. Este es un ejemplo de cédula de habitabilidad en Cataluña:

¿Cuándo es obligatoria la cédula de habitabilidad?

Por norma general, la cédula de habitabilidad es obligatoria para todas las viviendas, aunque en algunos casos lo que se pide es la licencia de primera ocupación. Sin esto, los suministros de luz, gas y agua no podrán llevarse a cabo.

Por norma general, todas las viviendas tienen que disponer de la cédula de habitabilidad y/o licencia de primera ocupación. De lo contrario, los suministros de luz, gas y agua no podrán llevarse a cabo.

La obligatoriedad de la cédula de habitabilidad también se puede extender a otras situaciones, como la concesión de una hipoteca o el reagrupamiento familiar de extranjeros.

Las viviendas de nueva construcción o aquellas en las que se hayan realizado grandes reformas que hayan modificado las condiciones de habitabilidad deberán presentar la cédula de habitabilidad antes de que dicha vivienda pase a ser habitada.

En el caso de las viviendas de protección pública, la cédula de habitabilidad no se exige en un periodo de 25 años, durante el cual es sustituido por la calificación definitiva.

¿Es obligatoria la cédula de habitabilidad para vender un piso?

En las comunidades autónomas donde la cédula de habitabilidad se encuentre vigente (Asturias, Cantabria, Cataluña, La Rioja, Murcia y Navarra) se requerirá dicho documento para la compraventa del inmueble, ya que indica que la casa que va a adquirir una persona es habitable y se encuentra dentro de la legalidad. Por lo tanto, sí que es necesaria la cédula de habitabilidad para vender un piso.

Sin embargo, existen situaciones excepcionales en los que sepuede vender un piso sin cédula de habitabilidad. En una transmisión de vivienda, y, siempre y cuando no sea de nueva construcción, los implicados en la operación pueden acordar la no entrega de la cédula en los siguientes casos:

  1. Cuando se tenga intención de reformar o derribar la vivienda. En estos casos, tiene que quedar constancia en el registro la intención del futuro propietario de la realización de reformas o derribo del inmueble, ya que de ello depende la exoneración de la obligación de entregar la cédula.
  2. Cuando el uso del inmueble sea diferente al de vivienda. En este supuesto, los implicados deberán reconocerlo expresamente.
  3. Cuando por razones justificadas no sea posible presentar el certificado de habitabilidad antes del acto de transmisión de la vivienda, y transmitente y adquiriente acuerden hacerlo posteriormente. No obstante, será necesario presentar la solicitud de cédula de habitabilidad registrada, de manera que se acredite que las condiciones de la vivienda son las óptimas para la obtención del certificado.

Es decir, que aunque por norma general la cédula de habitabilidad es imprescindible para toda compraventa de una vivienda, es posible firmar la escritura sin cédula de habitabilidad bajo casuísticas muy concretas.

Vender un piso sin cédula y sin contar con la exoneración, puede acarrear elevadas multas para el vendedor. Por su parte, el comprador también podría enfrentarse a dificultades en el futuro. Por ejemplo, en Cataluña, ante el desahucio de una vivienda sin cédula de habitabilidad, los desahuciados no pueden acceder a los recursos públicos o a la Mesa de Emergencias.

¿Y para alquilar?

Es importante tener en cuenta que una vivienda sin cédula de habitabilidad no está considerada legalmente una vivienda. Es decir, que legalmente no estaríamos alquilando una vivienda, sino otro tipo de inmueble. Por ejemplo, una situación bastante común es alquilar un local como vivienda sin cédula, y sin que este esté destinado al uso residencial.

Además, la cédula de habitabilidad es imprescindible en todo contrato de alquiler de vivienda y debe ser entregada a los nuevos ocupantes. De lo contrario, alquilar sin cédula de habitabilidad puede acarrear consecuencias, tanto para el propietario como para el inquilino. Puede complicar procesos tan básicos como dar de alta suministros o empadronarse. Tampoco se podrá contratar un seguro del hogar, ya que el inmueble no está considerado como tal.

Asimismo, el propietario puede verse expuesto a una multa por alquilar una vivienda sin cédula de habitabilidad. Por ejemplo, en Cataluña está considerado como infracción muy grave y puede implicar sanciones de 90.001 euros a 900.000 euros.

¿Puedo pedir una hipoteca sin cédula?

¿Se puede pedir una hipoteca sin cédula de habitabilidad? Se puede pedir, pero no nos la concederán. A la hora de solicitar una hipoteca o crédito bancario, es imprescindible cumplir una serie de requisitos y garantías para que el banco conceda el préstamo. Uno de esos requisitos es que el inmueble cuente con una cédula de habitabilidad vigente.

Sin cédula de habitabilidad no podemos hablar propiamente de una vivienda, ya que legalmente el inmueble no está considerado como tal. Por lo tanto, no podemos acceder a una hipoteca para una vivienda.

Sin embargo, a veces se puede firmar una hipoteca sin cédula de habitabilidad. El problema es que no estaremos ante una hipoteca destinada a vivienda, sino ante una hipoteca destinada a negocios, locales comerciales, oficina, fincas rústicas, etc. Y, por consiguiente, la cuantía de la hipoteca podría ser menor a la de una vivienda.

¿Se puede vivir sin cédula de habitabilidad?

Es posible vivir sin cédula de habitabilidad. Pero hacerlo puede complicar algunos trámites o procesos como contratar un seguro del hogar, dar de alta los suministros de luz, agua y gas o empadronarse, e incluso derivar en multas.

Vivir de esta manera es más habitual de lo que podemos imaginar. No es extraño encontrar un local o un loft sin cédula de habitabilidad o algún otro edificio sin cédula de habitabilidad. Estos espacios siguen apareciendo en portales inmobiliarios y se anuncian como una vivienda más, aunque no cuentan con la certificación necesaria para ser legalmente viviendas, y son muchas las personas que los adquieren sin tener en cuenta este dato. También hay quienes prefieren optar por comprar un local y vivir allí debido al elevado precio de la vivienda.

Viviendo en esta situación, pueden surgir algunas preguntas. ¿Puedo tener una sanción por vivir en un local? ¿Y si alguien me denuncia por vivir en un local?

Evidentemente, vivir sin cédula de habitabilidad y sanción van de la mano, ya se trate de un local, oficina, estudio… Se iniciará un procedimiento para legalizar la situación (por ejemplo, pidiendo la cédula de habitabilidad para un estudio, para un local, oficina…) o bien para restituir el inmueble a su estado anterior y se abrirá un expediente sancionador.

También se ha de tener en cuenta la situación de desahucio de una vivienda sin cédula de habitabilidad. Si se produce un desahucio en un inmueble que no tiene el certificado de habitabilidad, los desahuciados tendrán dificultad o imposibilidad de acceder a los recursos públicos o Mesa de Emergencias.

Me han vendido una casa sin cédula de habitabilidad, qué hago

Comprar sin cédula es habitual, ya que muchas veces el comprador desconoce la importancia de que la vivienda disponga de este certificado y no lo comprueba en el momento de compraventa.

¿He comprado una casa sin cédula de habitabilidad? Si este pensamiento te ronda la cabeza, lo primero que tendrás que hacer es comprobar si, efectivamente, la casa tiene cédula de habitabilidad o no.

¿Y cómo saber si una vivienda tiene cédula de habitabilidad? Simplemente, tendrás que solicitar la información al Ayuntamiento donde la vivienda esté escriturada.

¿Quién paga la cédula de habitabilidad?

En una compraventa, corresponde al vendedor hacerse cargo de la cédula de habitabilidad. Sin embargo, puede ser que se llegue a un acuerdo entre las partes por la que se determine que será el comprador el que se haga cargo de ello.

En un alquiler, la cédula de habitabilidad es responsabilidad del propietario, que será quien tenga que solicitarla y abonarla.  

Exoneración de la cédula de habitabilidad: cuándo no es necesaria

Hay supuestos excepcionales en los que la presentación de la cédula de habitabilidad no es obligatoria. En una transmisión de vivienda, y siempre y cuando no sea de nueva construcción, los implicados en la operación pueden acordar la no entrega de la cédula para los siguientes casos:

  1. Cuando se tenga intención de reformar o derribar la vivienda. En estos casos, tiene que quedar constancia en el registro la intención del futuro propietario de la realización de reformas o derribo del inmueble, ya que de ello depende la exoneración de la obligación de entregar la cédula.
  2. Cuando el uso del inmueble sea diferente al de vivienda. En este supuesto, los implicados deberán reconocerlo expresamente.
  3. Cuando por razones justificadas no sea posible presentar el certificado de habitabilidad antes del acto de transmisión de la vivienda, y transmitente y adquiriente acuerden hacerlo posteriormente. No obstante, será necesario presentar la solicitud de cédula de habitabilidad registrada, de manera que se acredite que las condiciones de la vivienda son las optimas para la obtención del certificado.

¿Qué normativa regula la cédula de habitabilidad?

La cédula de habitabilidad está regulada por las Comunidades Autónomas, de manera que cada una de ellas tiene su propia normativa al respecto.

Por ejemplo, en Cataluña, una de las comunidades que más cédulas de habitabilidad expide, está regulada bajo el Decreto 141/2012, del 30 de Octubre. Este decreto establece una vigencia de 25 años para las cédulas de primera ocupación y de 15 años para las cédulas de segunda ocupación y de primera ocupación de rehabilitación. Pasado ese tiempo, deberá renovarse.

  • En Asturias, la cédula de habitabilidad se regulaba por el Decreto 39/1998, de 25 de junio, pero en 2018 se actualizó con el Decreto 73/2018, de 5 de diciembre. Esta modificación supone la supresión de la cédula de primera ocupación, mientras que la de segunda ocupación y primera ocupación de rehabilitación siguen vigentes.
  • Cantabria establece, mediante el Decreto 141/91, de 22 de agosto, diferentes periodos de vigencia para la cédula de habitabilidad en función del tipo de vivienda. Por lo general, deberá renovarse en cada cambio de titularidad del arrendamiento o de ocupación. En el caso de hoteles, locales de hospedaje, residencias, pensiones, internados, etc., la cédula caducará a los 5 años. Los bungalows y alojamientos turísticos generales tendrán que renovar la cédula cada año.
  • En La Rioja, las condiciones mínimas de habitabilidad están reguladas por el Decreto 28/2013, de 13 de septiembre. Este establece que las cédulas podrán renovarse por periodos máximos de cinco años.
  • Murcia regula las condiciones de habitabilidad y la cédula mediante la Ley 5/1995, de 7 de abril.
  • En Navarra es el Decreto foral 142/2004, de 22 de marzo el que regula estas cuestiones. En esta comunidad, los tipos de cédula adquieren en este caso una denominación diferente: cédula de clase A (de primera ocupación y de primera ocupación de rehabilitación) y cédula de clase B (de segunda ocupación).

¿Es obligatoria la cédula de habitabilidad en todas las Comunidades?

No, en algunas comunidades como Aragón o Castilla La Mancha este documento administrativo ha sido derogado parcial o totalmente para favorecer el acceso a la vivienda y simplificar los trámites.

En otras, la cédula de habitabilidad se llama de diferente forma, como en la Comunidad Valenciana donde se denomina “licencia de segunda ocupación”, aunque tiene los mismos efectos que la primera.

La cédula de habitabilidad solo es obligatoria en Asturias, Cantabria, Cataluña, La Rioja, Navarra y Murcia; si bien Asturias suprimió recientemente la cédula de primera ocupación, pero no la de primera ocupación de rehabilitación y la de segunda ocupación. Esta derogación parcial coincide con la total supresión de la cédula de habitabilidad en Madrid en 2018 con objeto de facilitar los trámites y reducir la carga burocrática.

En las comunidades autónomas donde no se requiere la cédula de habitabilidad (y también en las autonomías donde sí es de obligado cumplimiento), se sigue necesitando la licencia de primera ocupación o licencia de segunda ocupación, que a efectos prácticos vienen a ser lo mismo que la cédula de habitabilidad.

¿Es lo mismo licencia primera ocupación y cédula de habitabilidad?

La cédula de habitabilidad solo se encuentra vigente en algunas comunidades autónomas, mientras que la licencia de primera ocupación es un requisito que solicitan todos los ayuntamientos de España.

Tendrás que renovar la cédula de habitabilidad si tu inmueble se encuentra en Cataluña, Murcia, Navarra, Cantabria, Asturias y La Rioja.

Sin embargo, en comunidades como Baleares y Comunidad Valenciana, tienes que solicitar la licencia de segunda ocupación, que es la renovación de la licencia de primera ocupación.

En otras comunidades han suprimido la cédula de habitabilidad de la comunidad, y sólo dejan la obtención de la licencia de primera ocupación en el ayuntamiento y no es necesario renovarla, a no ser que se realice una reforma sustanciosa. Esto sucede en Madrid, Castilla-La Mancha, Andalucía, Castilla y León, País Vasco, Aragón y Galicia.

Otras comunidades como Extremadura, han suprimido también la cédula, pero la licencia de primera ocupación si es necesario renovarla cada 10 años en el ayuntamiento.

Si necesitas una renovación de cédula de habitabilidad puedes comparar presupuestos y contactar con un profesional

En el caso de que el trámite que necesites no sea una renovación de cédula de habitabilidad, o una licencia de segunda ocupación, para el resto de casuísticas necesitarás una Licencia de primera ocupación.

Esta licencia es expedida por el Ayuntamiento y acredita que una obra de edificación cumple las condiciones indicadas en la licencia de obra y en el proyecto técnico.

Casos en los que pedirla.

  • Obra nueva
  • Legalizar vivienda existente
  • Cambio de uso, por ejemplo, de local a vivienda
  • Licencia turística

¿Qué es la ‘licencia de segunda ocupación’?

La ‘licencia de segunda ocupación’ es el nombre que se suele utilizar en la Comunidad Valenciana para hacer referencia a las cédulas de habitabilidad.

Por lo tanto,  su cometido sigue siendo el de garantizar las mínimas condiciones de habitabilidad de una vivienda.

¿Es lo mismo que Certificado de habitabilidad, licencia de habitabilidad, o permiso de habitabilidad?

No exactamente. El certificado de habitabilidad corresponde al informe realizado por un arquitecto o arquitecto técnico tras haber reunido toda la información necesaria relativa a su habitabilidad.

La cédula de habitabilidad es el documento final que emite el Ayuntamiento, en el cuál acredita que un inmueble reúne las condiciones mínimas para ser habitado. Para que el Ayuntamiento nos expida este documento es necesario que previamente le hayamos remitido el certificado de habitabilidad junto con otra información como la fotocopia del DNI o el justificante de pago de las tasas.

Aunque la denominación correcta es cédula de habitabilidad, también se la puede reconocer por licencia de habitabilidad o permiso de habitabilidad.

¿Qué es la cédula de calificación definitiva?

La calificación definitiva o cédula de calificación definitiva es el documento por el cual se certifica, una vez terminadas las obras, que un inmueble cumple con las condiciones exigidas para viviendas de protección oficial (VPO). Previamente se emite la calificación provisional, que sustituye a la primera en el periodo en el que se llevan a cabo las obras.

En esta cédula de habitabilidad de VPO se recogen las características de la vivienda, pero también cuáles son los precios máximos legales para su venta o alquiler y cuál es la duración de su régimen de protección.

Para saber cuándo finaliza el periodo de protección de tu vivienda protegida, deberás conocer cuál es esa duración y la fecha de calificación definitiva VPO, es decir, cuándo se expidió la calificación. De esta forma, podrás comprobar si han pasado los años suficientes para la descalificación de la vivienda.

Solicitar la cédula de habitabilidad

Todo lo que debes saber para solicitar la cédula de habitabilidad

¿Cuándo solicitar la cédula de habitabilidad?

Antes de nada, la primera tarea que debemos llevar a cabo es la de comprobar si la cédula de habitabilidad de nuestra vivienda está realmente caducada o sigue en vigor.

Si la cédula de habitabilidad ya ha sido otorgada y sigue en vigor lo que tendremos que hacer es contactar con la sede de administración territorial que nos pertenezca y solicitar un duplicado.

En el caso de que la cédula haya caducado o que nuestra vivienda ni siquiera disponga de ella deberemos gestionar un nuevo certificado de habitabilidad.

En el primer caso tendremos que contactar con un profesional competente que nos realice un nuevo certificado de habitabilidad. Además, en el caso de las viviendas que nunca hayan tenido la cédula de habitabilidad, habrá que sumarle el documento que certifique que el inmueble está construido dentro de la legalidad.

En el caso de necesitar renovar la cédula de habitabilidad o licencia de segunda ocupación puedes comparar precios indicando la información de tu inmueble.

Si te encuentras en la situación de legalizar la vivienda, puedes solicitar la licencia de primera ocupación

Con todo esto, será la Administración correspondiente la que emita la cédula de habitabilidad o la deniegue, en caso de encontrar deficiencias en la solidez u otros aspectos relevantes de la vivienda.

¿Quién puede realizar un certificado de habitabilidad?

La realización del certificado de habitabilidad está reservado para arquitectos y arquitectos técnicos, que dada su formación y habilidades pueden llevarlo a cabo.

Es muy importante que este profesional lleve a cabo una inspección visual de la vivienda que le ayude a cerciorarse de que ésta cumple con la normativa.

¿Qué entidad emite la cédula de habitabilidad?

El documento que acredita la cédula de habitabilidad de una vivienda es emitido en ultima instancia por el Ayuntamiento pertinente, previa entrega del certificado realizado por un técnico habilitado.

Desde que entregamos toda la documentación necesaria hasta que el Ayuntamiento no remite la cédula puede transcurrir hasta un mes. No obstante, en el mismo momento de la entrega de la documentación nos pueden facilitar un justificante que demuestre que hemos hecho entrega del certificado.

Este justificante puede servir, por ejemplo, para dar de alta de manera cautelar los suministros de luz, agua y gas a la espera de recibir la cédula de habitabilidad en regla.

¿Cuánto cuesta la cédula de habitabilidad?

La cédula de habitabilidad esta enmarcada en un mercado libre, es decir, los precios no están regulados por ningún organismo, por lo que es común que nos encontremos con diferentes presupuestos para un mismo trámite. De la misma manera que en el certificado energético(enlace), el precio de la cédula vendrá marcada por las características del inmueble, superficie útil, etc…

También existen unas tasas que varían según la comunidad autónoma, pero que suelen estar entre los 10 y los 20€ y se sumarán a los honorarios del técnico habilitado. Además, según la forma en la que se envíe el documento , presencial o telemática, estas tasas pueden variar su precio, siendo la manera telemática la opción mas barata.

Por último, cabe destacar un último gasto, y es que este documento administrativo también hay que visarlo en un colegio profesional, por lo que el precio final dependerá del colegio que corresponda.

En total, la cédula de habitabilidad puede costar entre unos 100 y 200€ , dependiendo de quien se haga cargo de los tramites y la gestión de toda la documentación con el organismo competente. Además, es común que existan paquetes de certificado de habitabilidad y certificado energético con un precio especial, dado que ambos tramites son necesarios para la venta o alquiler de un inmueble.

Requisitos para solicitar la cédula de habitabilidad

Para conseguir la cédula de habitabilidad tendrás que cumplir los siguientes requisitos

¿Qué requisitos debe cumplir un edificio de viviendas para obtener la cédula de habitabilidad?

Cada Comunidad Autónoma dispone de su propia normativa para regular las cédulas de habitabilidad, y por tanto, los requisitos para obtenerla pueden variar según en que zona se encuentre la vivienda pero, a grandes rasgos, las condiciones exigidas para que una casa sea habitable son muy parecidas en todos los lugares.

Así, de manera genérica, las condiciones mínimas exigibles para que un edificio de viviendas apruebe el examen de la cédula de habitabilidad son las siguientes:

a) En materia de accesibilidad se tiene que garantizar el itinerario a cada una de las viviendas que conformen el edificio. De la misma manera el edificio tiene que estar provisto de espacios comunes que anticipen la entrada a cada una de las viviendas y se encuentren accesibles.

b) Las escaleras deben reunir una serie de características básicas (dimensiones, ventilación, localización…) para cumplir con la normativa vigente y asegurar su correcto funcionamiento en caso de incendio.

c) En cuanto al ascensor, se considera imprescindible su instalación en viviendas de nueva construcción para garantizar el acceso a todos los espacios de personas con movilidad reducida.

No obstante, se incluyen excepciones en función del número de viviendas que contenga el edificio, que pasan por disponer de un espacio dentro del edificio que permita instalar un ascensor o plataforma elevadora más adelante.

Además, en edificios nuevos, la inclusión de un segundo ascensor vendrá dada por ciertas características del inmueble como el número de viviendas que alberga.

d) Las dimensiones de los patios de ventilación vendrán dadas en función de los compartimentos que sean ventilados (cocina, baños, habitaciones, escaleras…) y de las plantas de las que conste el edificio.

Además, para garantizar la salubridad del edificio, la normativa es muy restrictiva con aparcamientos o locales que deriven ruido o mal olor a estos patios de ventilación. Así, estos patios quedan restringidos al uso exclusivo de viviendas, de manera que los aparcamientos o locales anexos a la vivienda deberán de disponer de sus propios conductos de ventilación.

e) Es necesario que los edificios dispongan de espacios comunes y las dimensiones de estos variarán a razón del numero de viviendas. Estos espacios deben estar provistos de desagüe, punto de luz y toma de agua.

f) Por ultimo, los edificios deben estar dotados de la infraestructura de telecomunicaciones correspondiente.

¿Qué requisitos deben cumplir las viviendas de un edifico para obtener la cédula de habitabilidad?

Las viviendas de un edificio plurifamiliar deben cumplir una serie de requisitos para que sean consideradas habitables. Las Comunidades Autónomas deciden cuales son estos requisitos en cada territorio, por lo que puede haber diferencias de un sitios a otro, pero en general las condiciones exigidas son prácticamente las mismas.

a) En primer lugar, las viviendas tienen que tener unas dimensiones mínimas, por debajo de las cuales no se considerarían habitables. Por ejemplo en Cataluña la dimensión minima esta catalogada en 36m².

Además, la vivienda tiene que tener obligatoriamente una serie de compartimentos como un equipo de cocina, un baño o una sala de estar-comedor.

b) También deberán cumplir la normativa en materia de sostenibilidad y eficiencia energética.

c) La distribución y compartimentación de la vivienda es libre, pero el cuarto de baño debe permanecer inalterable e independiente. Asimismo los espacios dedicados a las habitaciones tienen que reunir las condiciones necesarias para que puedan ser independizados.

Por otra parte, las habitaciones tienen que tener un acceso propio y no tener que depender del acceso desde otras habitaciones contiguas.

d) Para garantizar una correcta accesibilidad dentro de la vivienda, ésta debe tener unas dimensiones mínimas en cada uno de sus espacios y elementos que la componen como las puertas, las habitaciones o los pasillos.

e) De la misma forma que en el apartado anterior, la vivienda también deberá tener una altura mínima en cada una de sus estancias.

f) Todas las viviendas deben tener una fachada que comunique con el exterior y proporcione luz y ventilación.

g) Los espacios de uso común dentro de la vivienda como la sala de estar, comedor y cocina, también tienen que tener unas dimensiones especificas, con objeto de que el número máximo de personas que la vivienda este capacitada para albergar pueda disponer de una movilidad óptima.

h) La dimensión de las habitaciones también esta regulada por la normativa para impedir la creación de espacios excesivamente reducidos.

i) Tanto las habitaciones como los espacios de uso común han de disponer de luz y ventilación del exterior.

j) Las habitaciones también deberán de poseer dentro de su espacio asignado un lugar para almacenaje (armarios, mesillas…).

k) Los aparatos destinados a la higiene (inodoro, lavamanos, bañera..) deberán incluirse dentro del cuarto de baño, a excepción del lavamos que puede ser colocado fuera de éste. Además, el número de estos aparatos irá acorde al número de habitaciones que posea la vivienda.

l) En consonancia con la Ley de accesibilidad también se precisa de espacio para lavar la ropa.

m) Se ha de disponer de un espacio, con unas características especificas, para colocar un tendedero.

n) Las viviendas han de estar dotadas de la infraestructura necesaria para que sean consideradas habitables.

A este respecto, no pueden faltar servicios como los del agua, gas y electricidad.

Asimismo estancias de la casa como la cocina o el baño deberán de contar con una serie de equipamientos mínimos.

ñ) Por ultimo, cabe resaltar que la vivienda ha de estar debidamente protegida mediante barandillas u otros elementos en las zonas que sea preciso.

La renovación de la cédula de habitabilidad

Todo lo que debes saber para renovar tu cédula de habitabilidad

¿Cuándo hay que renovar la cédula de habitabilidad?

Para saber si la vivienda necesita proceder a la renovación de su cédula la primera acción a tomar es la de consultar en el organismo que competa por el estado de la misma. Así sabremos si la cédula de habitabilidad ha caducado o ni siquiera se dispone de ella.

¿Cómo se renueva una cédula de habitabilidad?

En caso de que la cédula siga en vigor solo necesitaremos solicitar el duplicado pagando la correspondiente tasa, si la hubiese. En cambio, si nuestra vivienda no tiene cédula o ya ha caducado habrá que proceder a una nueva certificación de habitabilidad de la vivienda a cargo de un técnico competente (arquitecto o arquitecto técnico).

Si no tiene cédula solicita presupuesto para realizar la licencia de primera ocupación de la vivienda.

Si necesitas renovarla puedes comparar precios de los profesionales de tu zona introduciendo los datos de tu vivienda.

Además, a este certificado de habitabilidad habría que añadirle el propio que garantice la seguridad y solidez de la vivienda, así como la garantía de que está construida dentro de la legalidad.

¿Qué caducidad tienen las cédulas de habitabilidad?

La caducidad de las cédulas de habitabilidad varía según sea el año de emisión de la antigua cédula, así como del tipo de licencia del que se trate: de primera ocupación, de segunda ocupación o de rehabilitación.

Así, las viviendas que hubieran tramitado su cédula de habitabilidad con anterioridad al año 2004 tienen una caducidad de 10 años, por lo que todas ellas habrían caducado ya.

A partir del año 2004, las cédulas de habitabilidad pasan a tener una caducidad de 15 años, tanto las de primera ocupación como las de segunda.

Finalmente, desde el año 2013 en adelante, las licencias de primera ocupación pasan a tener 25 años de vigencia, que serán 15 en los casos de segunda ocupación o primera ocupación de rehabilitación.

Una vez prescriba la cédula, el propietario de la vivienda deberá iniciar un nuevo trámite para recibir la concesión de su nueva cédula poniéndose en contacto un arquitecto o arquitecto técnico que le gestione el certificado de habitabilidad.

No obstante, y con independencia de la caducidad de la cédula, será necesario tramitar una nueva cédula de habitabilidad siempre que se vaya a realizar una rehabilitación de la vivienda.

¿Qué documentación tengo que aportar para obtener la cédula de habitabilidad?

El documento más importante e imprescindible para tramitar tu cédula es el del certificado de habitabilidad. Sin él no podrás solicitar tu cédula a la Administración correspondiente. Para obtenerlo tendrás que contactar obligatoriamente con un arquitecto o arquitecto técnico que tome los datos y realice el documento.

Junto a este certificado también habrá que aportar los documentos que acrediten la antigüedad de la vivienda, la última cédula obtenida, información de carácter personal (DNI), un recibo de los suministros de agua y luz y el justificante de pago de las tasas que exige el Ayuntamiento.

Además, es posible que nos exijan información adicional en algunos casos, ya que cada Administración tiene sus propios requisitos.

CÉLULA DE HABITABILIDAD LICENCIAS DE PRIMERA OCUPACIÓN CÁDIZ, SEVILLA, CÓRDOBA, HUELVA, MÁLAGA, GRANADA, JAÉN, ALMERÍA,